Diario Comunal 216: En definitiva, Oaxaca irradia muchas sorpresas.


Desde 1995, al calor de los efectos del alzamiento Zapatista en Chiapas, Oaxaca, ni tardo ni perezoso, legitima un nuevo régimen político, reconociendo practicas políticas que de hecho se llevaban a efecto en la mayoría de Municipios. La medida, que si bien mostraba en vilo al Oaxaca comunitario, no causó mucho ruido en el resto de la nación. Obvio, a nadie se le ocurre que en el resto de Estados, exista un enorme capacidad autogestiva, en materia política. Y no es, que para esquivar el impacto de los acuerdos de San Andrés, que en la cámara de legisladores, deciden modificar la constitución, centralmente el artículo segundo, en el cual además de reconocer sus antecedentes Precoloniales, se reconoce la capacidad de las poblaciones denominadas "indígenas", de elegir a sus representantes con base en su normatividad propia e interna.
No tuvo que pasar mucho tiempo para que en Michoacan, el municipio de Cherán, exigiera el reconocimiento de su municipio dentro de un régimen político que en Oaxaca hacia diez años que se había aprobado.
Y así como Cheran, otros municipios se han ido acercando a demandar un cambio de su régimen representativo. Esto sobresale, porque el patrimonio político heredado, que existe desde antes de la invasión española, ha empezado a volver por sus fueros. El Tribunal, federal Electoral, ha visto con buenos ojos que todo el país esté consciente de esta suma de posibilidades existentes para gobernarse, según sus costumbres y normas internas. La apertura a estos cambios, permite, si se lee con cuidado el artículo segundo de la constitución, de que la sociedad mexicana pueda en un futuro encontrar nuevos caminos en su participación para la toma de decisiones políticas.
Esto no hubiera sido posible ni pensarlo, si no se relee, el apartado A, que en sus párrafos, dice que los pueblos; "decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural" así como "aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos" además de "elegir de acuerdo a sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus propias (formas) de gobierno interno, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones" para cerrar con "acceder plenamente a la jurisdicción del Estado." Todo esto, es desconocido para la nación, y en nuestro concepto, abre un sin fin de posibilidades, para aquellos que no pensamos acceder al poder, pero si a la participación directa en nuestras decisiones. Desde esta perspectiva la Autonomía es posible, pero debemos tener en claro que ésta es posible, cuando surge de abajo, con las capacidades propias, y de ahí que las policías comunitarias de Guerrero, tengan plena legitimidad. #tioyim#comunalidad

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